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Ley de La Segunda Oportunidad
CONSIGUE EL PERDÓN DE TUS DEUDAS
¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal diseñada para permitir que autónomos, familias y emprendedores puedan liberarse de sus deudas y comenzar desde cero. Este procedimiento, establecido por ley, regula cómo una persona puede liquidar sus deudas con los acreedores y, si se cumplen todos los plazos y requisitos, acceder al perdón total de sus deudas.
Para llevar a cabo este proceso es indispensable acudir al Juzgado, y contar con la asistencia de abogados especializados. Aunque el proceso varía según la existencia o no de bienes, el objetivo es siempre el mismo: la cancelación completa de las deudas. Seguir cada etapa del procedimiento de forma precisa y en manos de especialistas es clave para obtener el perdón real de todas las deudas.
En Jaca Abogados somos expertos en la Ley de Segunda Oportunidad, y hemos resuelto exitosamente numerosos casos para nuestros clientes. Contacta con nosotros y cuéntanos tu situación para analizar la mejor estrategia.
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¿Cómo acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Para poder beneficiarse de la Ley de Segunda Oportunidad, es esencial cumplir con ciertos requisitos que garantizan que el proceso sea justo y transparente. A continuación, detallamos las condiciones necesarias para acogerse a esta ley:
Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
- 1. Que el patrimonio sea claramente inferior a las deudas Es fundamental que las deudas superen con creces el patrimonio del deudor. Además, la persona solicitante debe demostrar buena fe durante todo el proceso.
- 2. El concurso no debe ser declarado culpable Esto implica que, durante el proceso, no se haya cometido ninguna acción que pueda considerarse deshonesta o fraudulenta:
- 2.1 No se debe haber ocultado patrimonio a los acreedores.
- 2.2. No se puede haber facilitado información falsa al solicitar préstamos o créditos.
- 3. Ausencia de condenas por delitos graves El solicitante no puede haber sido condenado en sentencia firme a penas superiores a 3 años en los últimos diez años por:
- Delitos contra el patrimonio (como robos o fraudes).
- Delitos contra el orden socioeconómico.
- Falsedad documental.
- Delitos contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social.
- Delitos contra los derechos de los trabajadores.
- 4. Que no existan responsabilidades derivadas de deudas tributarias o de la Seguridad Social Si en los últimos 10 años, Hacienda o la Seguridad Social han derivado responsabilidades al deudor debido a deudas empresariales, no será posible acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, a menos que, al momento de la solicitud de exoneración, dichas deudas hayan sido completamente satisfechas.
¿Quieres conocer cuales son los Beneficios y que Deudas se pueden cancelar con la ley de la Segunda Oportunidad?
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